Journal lagaceta tucuman 1 juillet 2007

Journal : La Gaceta Tucumán - Tucumán,Argentina
Date : 1 juillet 2007
Pays : Argentine
Literatura y genocidio

MARTIN LOZADA
Por Martín Lozada, para LA GACETA - Bariloche. El jurista advierte que la negación no es un accidente de la historia, sino que se encuentra en la naturaleza misma de la eliminación sistemática de un grupo social. En octubre le concedieron el Premio Nobel de Literatura al turco Orhan Pamuk, de 54 años, que venía de ser sometido a un proceso penal en su país por haber reconocido la existencia del genocidio armenio y la consecuente responsabilidad de Turquía en su comisión. Sucedió en febrero de 2005, durante una entrevista con el periódico suizo “Tages Angeizer”, al afirmar: “Un millón de armenios y treinta mil kurdos fueron asesinados en estas tierras, y yo soy el único que se atreve a hablar del tema”. El gobierno turco reaccionó invocando el artículo 301/1 del Código Penal y lo acusó de denigrar públicamente la identidad nacional. Dicho artículo había sido incorporado al ordenamiento penal meses después de las manifestaciones efectuadas por Pamuk y, no obstante ello, le fue aplicado al escritor de modo retroactivo. La pena estipulada para esa figura penal es de seis meses a tres años de prisión, pero la circunstancia de que hubiera formulado sus palabras en un país extranjero podía aumentar en un tercio el monto de la condena. Pamuk fue procesado por la Justicia turca, lo que motivó a varios intelectuales de Turquía y de Europa a firmar una declaración de apoyo al escritor, en la que acusaban a ese gobierno de no respetar los derechos humanos. Tiempo más tarde, sobre la base de un tecnicismo jurídico, se dispuso su sobreseimiento, lo cual fue interpretado por muchos como un acto de complacencia hacia la Unión Europea, que por esos días consideraba la admisión de Turquía como uno de sus miembros. El suceso hasta aquí comentado no ha sido casual, sino que, como han sostenido numerosos estudiosos, en la naturaleza misma del genocidio está el ser negado, ya sea por sus autores, por sus cómplices o instigadores. Negacionismo En materia de genocidios el negacionismo no es un accidente de la historia sino la última etapa de su construcción, la que se orienta a evadir toda responsabilidad penal, pero también, simultáneamente, a consumar un asesinato de lo simbólico y de su transmisión a los descendientes. Es decir que apunta a consumar un asesinato sin fin y prolongado en el tiempo, el cual permite mantener el efecto imaginario de omnipotencia del exterminador, a la vez que aplastar todo semblante de la víctima. Héléne Piralian ha estudiado de cerca el caso de los descendientes armenios del genocidio cometido por Turquía en 1915/1916, paradigma en materia de negacionismo, así como las implicancias psicológicas y simbólicas que para aquellos ha tenido esa negación mantenida a lo largo del tiempo (1). Ella se ha preguntado cómo es posible paliar las operaciones de negación y sus efectos para con las víctimas y descendientes. Y ha respondido que la supresión de esas negaciones y el reconocimiento de esas ocultaciones se convierte “en un trabajo primordial y en una especie de deuda psíquica ineludible para quien desee que la civilización viva”. Esa deuda psíquica puede saldarse recurriendo a instancias éticas que permitan echar luz sobre los crímenes perpetrados, desarticulando así el discurso de la negación y el ocultamiento. Esto fue lo que sucedió, de algún modo, cuando los herederos armenios del genocidio turco lograron que por primera vez se reconocieran las operaciones de exterminio sufridas por su pueblo y el genocidio resultante. Así lo hicieron el Tribunal Permanente de los Pueblos en 1984; luego, en 1985, una subcomisión de derechos del hombre de las Naciones Unidas formada por expertos independientes; y por último, en 1987, el Parlamento Europeo. Sin embargo, las paradojas de la historia tampoco se hacen esperar: el mismo día en que Orhan Pamuk ganó el Premio Nobel de Literatura, la Cámara baja de Francia aprobó un proyecto de ley que convierte en un crimen negar el genocidio armenio de 1915/1916. En fecha 11 de enero del corriente año se promulgó en nuestro país la ley 26.199, impulsada por el Consejo Nacional Armenio de Sudamérica, la cual fue aprobada por 175 votos sobre 179 diputados presentes, y por unanimidad en el Senado de la Nación. La mencionada ley instituye el 24 de abril como “Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos”; en su artículo primero afirma que la memoria del genocidio del pueblo armenio debe constituir una lección permanente sobre los pasos del presente y las metas del futuro. Y, en función de ello, autoriza a todos los ciudadanos de origen armenio a disponer libremente de ese día para poder asistir a las actividades que a su respecto realizare la comunidad. Se trata de un gesto simbólico en torno a la identificación de aquellos episodios marcados por la muerte y la desdicha de un pueblo. Un crimen actual En marzo de este año, Orhan Pamuk debió abandonar su país como consecuencia del crimen del periodista turco-armenio Hrant Dink a manos de un fanático nacionalista. Como Pamuk, el periodista había recibido amenazas de ultranacionalistas turcos por su reconocimiento del genocidio cometido por el ejército otomano contra el pueblo armenio durante la Primera Guerra Mundial. Otros dos hechos sucedidos recientemente prueban la vigencia de esta forma criminal alguna vez definida como “el delito entre los delitos”. El año pasado, en la Argentina, Miguel Osvaldo Etchecolatz fue condenado a reclusión perpetua como autor de una serie de crímenes que el Tribunal Oral Federal 1 de la Ciudad de La Plata consideró enmarcados en un contexto de genocidio institucionalizado. En diciembre de 2006, una condena por la comisión de igual delito le fue impuesta por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) al sacerdote Athanase Seromba, a raíz de su participación en el genocidio de 1994 en ese país, en cuyo contexto se causó la muerte de 800.000 personas en la comunidad tutsi y entre los hutus moderados. Cada época y contexto histórico sugieren un perfil diferenciado del grupo-víctima. Conforme el estudioso Yves Ternon, los genocidios del pasado se caracterizaron por la destrucción de grupos exteriores a las fronteras de las ciudades, reinos e imperios; generalmente por motivos religiosos o de expansión territorial (2). Así, por ejemplo, las primeras experiencias coloniales de la modernidad dieron lugar a un tipo de víctima ubicada en el exterior del territorio de las potencias en expansión -la población aborigen-; ello posibilitó la apropiación de las riquezas disponibles y la colocación de su excedente poblacional. En el siglo XX los actos genocidas se dirigieron, en cambio, contra los grupos situados en el interior mismo del Estado: sus propios ciudadanos en cuanto integrantes de minorías nacionales, étnicas, culturales o religiosas. El genocidio se tornó característico de las sociedades pluralistas y quien lo perpetra, entonces, tiene como objetivo eliminar los rasgos distintivos de toda diferencia, la que juzga de peligro para la supervivencia de su propio grupo. La diferencia entre el genocidio y los crímenes contra la humanidad resulta a veces sutil, aunque entre ambos media un elemento específico: el alcance de la voluntad criminal. Si el autor actúa con el objetivo de suprimir a su víctima en razón de su raza, de su religión o de sus convicciones políticas, sin otra intención, es un crimen contra la humanidad. Por el contrario, si los actos son llevados en contra de la víctima pero con la intención de destruir al grupo nacional, étnico, racial o religioso al que perteneciere, es pues un genocidio. Se trata, entonces, de un caso agravado de crimen contra la humanidad, merced a la intención reforzada que le caracteriza. Lo cierto es que la vigencia del genocidio en el panorama criminal contemporáneo es un hecho evidente. De allí que la conciencia de un Premio Nobel de Literatura como Pamuk, capaz de recordar aquello sancionado por el código penal de su país adquiera tan inusual trascendencia y significación simbólica. (c) LA GACETA (1) Piralian, Héléne: Genocidio y transmisión, Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires, 2000. (2) Ternon, Yves: El Estado criminal, Ediciones Península, Barcelona, 1995. Juez Penal, doctorando en Derecho por la Universidad de Buenos Aires, colaborador del “Diario Río Negro” y de “Le Monde Diplomatique”.

Source: http://www.imprescriptible.fr/archives/argentine/lagaceta-tucuman-juillet%202007.pdf

Hchs section 6

PREGNANCY IN ADOLESCENCE: INFORMATION FOR PARENTS AND EDUCATORS By Adena B. Meyers, PhDIllinois State University The term adolescent pregnancy brings to mind a number of related issues such as adolescentsexuality, premarital sex, birth control, abortion, adolescent childbearing, adolescent parenthood,unplanned pregnancy, unintended birth, out-of-wedlock birth, and single motherhood. M

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